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miércoles, 30 de abril de 2008

“LIBERTAD DE EXPRESION Y DERECHO A LA INTIMIDAD”

LEGITIMA DEFENSA.

POR: FELIX NOE PENAGOS MADRIGAL.



LIBERTAD, EXCESOS, ABUSOS Y REPRESION.

¿Realmente existe la libertad? Sin duda, el desentrañamiento de este tema ha sido motivo de discusión entre filósofos de todos los tiempos, motivo por el cual –aún no sabemos si libremente- decidimos plasmar en estas líneas nuestro respectivo análisis, el cual, reconocemos, es demasiado endeble comparándolo con los profundos estudios de Sartre, de Hegel, de Kant, de Leibniz, del Barón d’Holbach o de Hartmann, por mencionar algunos.

Pero que es la libertade en primer termino, partiremosde la conceptulización que nos da Guillermo Cabanellas al respecto nos dice: se trata de la "facultad humana de dirigir el pensamiento o la conducta según los dictados de la propia razón y de la voluntad del individuo, sin determinismo superior ni sujeción a influencia del prójimo o del mundo exterior", a lo que podemos agregar que, siendo así, el ser humano es libre independientemente de la existencia de las normas que rigen su conducta y de las sanciones que, como resultado de la priorización optada, se deriven.

La enciclopedia libre Wikipedia vierte otros conceptos: Libertad
Para otros usos de este término, véase Libertad (desambiguación).

Palabra derivada del latín libertatem. Capacidad humana, inmanente, que se traduce en autodeterminación. Estado que define a quien no es esclavo, ni sujeto ni impedido al deseo de otros de forma coercitiva.
El concepto libertad designa la facultad del ser humano que le permite decidir llevar a cabo una determinada obra o no llevarla a cabo. En otras palabras, lo que permite al hombre decidir si quiere hacer algo o no, lo hace libre, pero también responsable de sus actos. En caso que no se cumpla lo último mencionado se estaría hablando de libertinaje. Capacidad de autodeterminación de voluntad, que permite a los seres humanos actuar como deseen. En este sentido, suele ser denominada Libertad Individual. El término se vincula a la soberanía de un país en su vertiente de libertad nacional.

Ahora bien para el tema que nos ocupa encontramos esta conceptualización:

Libertad de expresión es el derecho de todo individuo a expresar ideas libremente, y por tanto sin censura. Es un derecho fundamental defendido bajo el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y la mayoría de los sistemas democráticos también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta.
Sin embargo el mismo artículo de la DUDH restringe el derecho "a las establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás". En la práctica es un pretexto para que los estados vulneren, en mayor o menor medida, esta libertad.

De este derecho se han valido grandes hombres para difundir sus ideas, que en muchas ocasiones han resultado ofensivas para los poderosos y las han acallado a costa de todo.

Tristemente observamos que en el andar del ultimo sexenio fueron multiples las bajas para el gremio periodístico, aunque vale la pena indicar que el derecho de libertad de expresión no es privativo a grupo alguno, por ejemplo a los periodistas, pero son ellos los que han tomado de este derecho su modus vivendi y hacen uso diario de el, por lo que en el marco de la libertad de expresión debemos preguntarnos responsablemente: ¿existe realmente la libertad de expresión?, bajo el manto protector de este derecho ¿usan los comunicadores, periodistas y demás implicados en los medios de información de forma responsable este derecho?, ¿cuáles son los abusos y excesos cometidos por comunicadores?, ¿se defiende adecuadamente este derecho ante los excesos de los poderosos?.

El análisis es muy amplio, sin embargo trataré de ser lo mas breve posible.

Por un lado enfrentamos el problema del abuso del poder (político, económico, etc.) ya que quienes son criticados en su actuar publico de forma objetiva, llegan a convertirse en enemigos de la libertad de prensa y de libre expresión y los casos son muchos y muy variados en nuestro México desde antaño; mas también nos enfrentamos a personas que arropados en el papel de informador pretenden chantajear, “chayotear” y socavar la integridad de las personas mediante medios nada éticos obteniendo lucro y actuando impunemente.

Esas lacras dañan la labor de gente entregada al quehacer periodístico, gente integra y responsable de sus palabras, con métodos de obtención de notas y columnas basados en la investigación y no en el chisme, gente cuya intención es informar y contribuir con el bienestar nacional y de su localidad y no con la intención nociva de vituperar la imagen y buen nombre de las personas, debido a esas lacras sociales, muchos hombres de poder político endurecen las leyes hasta llegar al exceso, ese desequilibrio de la balanza deja en jaque a quienes realmente hacen critica constructiva o denuncian de frente con objetividad a los malos funcionarios.

Lo que no se vale es que se aprovechen de los logros de hombres que se han jugado el todo por el todo con tal de mejorar a su gremio y la libertad popular de la “libre expresión”, hombres que perdieron la vida como el ilustre Don Belisario Domínguez, vuelvo a repetir no se vale que ratones – por que eso son, los muy cobardes – se escuden en las lagunas jurídicas y recovecos legales para ser estafadores morales y extorsionadores.

La libertad es un derecho limitado en cuanto a su fondo, pues nuestra libertad termina donde comienzan los derechos de los demás, y aquí es donde entra el derecho a la intimidad.

DERECHO A LA INTIMIDAD.
Para empezar diremos que los conceptos de intimidad y domicilio no son disociables constituyendo un ataque a la intimidad el allanamiento de la morada como representación clave.
En el párrafo 3.8 del informe de la Comisión Calcutt, se nos dice que “el derecho a la intimidad podía llevar a que un individuo se proteja de:
1. La intromisión física.
2. La publicación de un material personal que se pudiese considerar perjudicial o embarazoso (ya sea verdadero o no)
3. La publicación de fotografías o grabaciones de un individuo que hayan sido realizadas sin su consentimiento.”
Sin embargo realizando un simple análisis de derecho comparado observamos que la inviolabilidad del domicilio se trata en casi todos los sistemas democráticos como una manifestación del derecho a la intimidad.

Derecho que es violado en aras de la obtención de un beneficio por parte de quien asalta este derecho en perjuicio de un ciudadano sea o no una persona publica.

Abundaremos en proximas entregas...

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